Se promulgó una legislación que restringe la capacidad de un empleador para solicitar información de la cuenta de redes sociales del empleado o solicitante de trabajo.
- Fue aprobada por el Senado de Maine y la Cámara de Representantes el 30 de junio de 2015.
- El efecto será a partir del 14 de octubre de 2015, y se aplica tanto a los empleadores públicos y privados, incluidos a los estatales y políticos, subdivisiones del Estado y los municipios.
Una ley prohíbe a los empleadores acceso a redes sociales
La ley denominada Maine prohíbe expresamente a los empleadores exigir, coaccionar o solicitar a un empleado o postulante la contraseña u otros medios de acceso a sus cuentas de redes sociales.
Esta prohibición se aplica a cualquier cuenta en línea o servicio a través del cual los usuarios comparten, ven o crean contenidos, videos, mensajes instantáneos y de texto, correos electrónicos y fotografías.
- La ley también prohíbe a los empleadores solicitar al trabajador acceder a alguna cuenta personal en su presencia, hecho al que también se le conoce “surfear a través del hombro”.
- Prohíbe además a los empleadores exigir a un empleado agregar a nadie a su “lista de contactos asociada a una cuenta personal”.
- Esta disposición de la ley es inusualmente amplia, pues no se limita al empleador o a un agente del empleador.
- La ley también prohíbe ampliamente a los empleadores exigir o coaccionar a un empleado de revelar “cualquier información de sus cuentas personales”.
Al igual que varias leyes similares en otros estados
- La ley prohíbe que un empleador exija o cause que un empleado o postulante altere sus opciones de privacidad en sus cuentas de redes sociales personales para permitir que un empleador pueda ver el contenido de otro modo privado.
Según la ley, a los empleadores
- Les está prohibido descargar, disciplinar, penalizar o amenazar con despedir a un empleado por negarse a la petición del empleador.
- También tienen prohibido en negarse a contratar a un solicitante por negarse a la petición del empleador hecha en violación en base a estas restricciones.
- Cabe destacar que el acto no parece contener lenguaje que prohíba a un empleador tomar represalias contra un empleado por presentar una queja por escrito o verbal en relación con violaciones de la ley.
La ley contiene varias excepciones a las restricciones anteriores
- En primer lugar, las restricciones en el acto no se aplican a la información sobre un solicitante o empleado que está disponible públicamente.
- En segundo lugar, algunos empleadores pueden:
– Observar a los empleados y a los solicitantes antes de ser contratados.
– Monitorear las comunicaciones de los empleados solamente con el fin de cumplir con los requisitos de los estatutos estatales o federales, reglas o reglamentos, jurisprudencia o “reglas de las organizaciones de autorregulación, como la Autoridad Reguladora de la Industria Financiera (FINRA)”.
- Por último, la ley contiene una amplia excepción para las investigaciones en el lugar de trabajo.
- En concreto, la ley no prohíbe que un empleador requiera de un empleado revelar información de sus cuentas sociales, siempre y cuando sea razonable y relevante para fines de una investigación, acusaciones de mala conducta del empleado o en caso de violación relacionada con el lugar de trabajo siempre y cuando la información revelada que se utilice sea únicamente para esa investigación.
Los empleadores deben tener en cuenta que:
- Que el acto de ninguna manera limita el derecho del empleador a mantener políticas laborales legales que rijan el uso de equipos electrónicos del empleador.
- Los empleadores pueden requerir que los empleados den a conocer su nombre de usuario, contraseña u otra información necesaria para acceder a los dispositivos o redes electrónicas emitidas por el empleador.
- El acto no parece proporcionar un derecho privado de acción para los empleados o solicitantes afectados por violaciones de la ley, tampoco identifica el medio por el cual los empleados o solicitantes puedan informar sobre tales violaciones.
- A diferencia de muchos estados con leyes similares, la ley no prevé ninguna compensación monetaria o por mandato judicial a los empleados agraviados.
- El Departamento de Trabajo de Maine puede imponer una multa de al menos de $100 por la primera violación, por lo menos $250 para la segunda violación y por lo menos $500 por cada violación subsiguiente.
Recomendaciones para los empleadores
- Empleadores en Maine no deben buscar el acceso a contenido personal en línea, excepto cuando hay un fuerte interés empresarial para hacerlo y que esté explícitamente reconocido en el acto.
- También deben capacitar a los empleados cuyas responsabilidades de trabajo se intersecten con la ley.
- La capacitación debe enfatizar que la ley prohíbe solicitar acceso, de cualquier manera, a las cuentas de redes sociales y personales del solicitante a menos que las razones estén sujetas a una de las excepciones establecidas anteriormente.
- Los empleados encargados de la realización de investigaciones deben estar capacitados en las circunstancias en las que se pueda extender solicitud de acceso.