¿Estás listo para no tener multas de riesgos psicosociales?

La Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018 Factores de riesgo psicosocial en el trabajo -identificación, análisis y prevención- es obligatoria para las empresas de todo el territorio nacional  a partir de octubre de 2019.

Su objetivo es que las empresas deben identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial que promueve ambientes favorables en los centros de trabajo. Es obligatorio su cumplimiento para todos los centros de trabajo del país.

Su cumplimiento involucra a las organizaciones en una cultura activa de salud y bienestar para incidir en una mejor calidad y alta productividad. Se consideran factores de riesgo psicosocial aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, estrés grave derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo o actos de violencia laboral al trabajador por el trabajo desarrollado y hay capítulos específicos que deben cumplirse de acuerdo al número de trabajadores de la empresa.

La norma oficial se elaboró para hacer frente a una dura realidad mexicana, basándose en los datos de la OMS Organización Mundial de la Salud, de que México ocupa el primer lugar en estrés laboral.

Se ha detectado que menos del 50% de los colaboradores son felices en su entorno laboral debido a muchos factores que no solamente devienen de una línea de mando vertical sino también a nivel transversal, ya que no hay empatía entre compañeros.  Y tiene lógica, porque, aunque se diga que “somos más familia en la oficina porque nos vemos más horas al día”, aprender a convivir con diferentes caracteres de personalidad, costumbres, educación y modos de vida, se convierte justamente en el reto del arte de la convivencia que incide positiva o negativamente en la productividad de la empresa

Esta y otras situaciones derivadas propiamente de los espacios físicos poco adecuados de las oficinas pueden detonar síntomas de estrés entre los trabajadores.

Existen multas de entre 250 y 5,000 unidades de medida y actualización (UMA), lo que equivale a multas que oscilan entre los 21,122 y 422,450 pesos, según la Ley Federal del Trabajo.